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II.- Cultura Hospitalaria

  • La cultura hospitalaria, expresión del espíritu y del estilo propios de la Congregación, presidirá la actuación de la comunidad hospitalaria y se regirá por los siguientes criterios (Direct. 62.2):
    • Las personas que sufren y, preferentemente, los pobres, los necesitados y los marginados, constituyen el centro de la acción hospitalaria.
    • La asistencia integral, que debe conciliar la competencia científica y la atención humanitaria en un constante esfuerzo por ofrecer la mejor calidad asistencial, comprende las diversas manifestaciones de la persona humana y el libre desarrollo de su personalidad.
    • El respeto y defensa de la dignidad humana, de sus derechos y libertades y, de manera especial, el derecho a la vida, a la intimidad personal y familiar y a la libertad de conciencia, constituyen manifestaciones esenciales de la actividad asistencial.
    • La capacitación y actualización profesional de las hermanas y del personal contratado, dirigida a la mejora constante de la calidad asistencial, son objetivos permanentes e irrenunciables de la comunidad hospitalaria.
    • La observancia de los principios de justicia y caridad, de las exigencias normativas estatales y de las orientaciones de la doctrina de la Iglesia, en el campo social y de la salud, son deberes explícitos de la comunidad hospitalaria.
    • La promoción de las creencias religiosas católicas, de acuerdo con la propia naturaleza de la Congregación y con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los miembros de la comunidad hospitalaria, es un deber institucional que pueden y deben cultivar, además de las personas responsabilizadas de la Pastoral de la Salud, las hermanas, los voluntarios y todas aquellas personas que deseen compartir esta misión.